REF: 1023
Venta
Construido en 2011
- Vendida
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Exclusivo piso en pleno centro de Puente Genil, con solárium con más de 100 m2 de superficie para ocio y disfrute de los habitantes de este precioso inmueble ¡haz una visita y compruébalo tú mism@!

Ubicado en pleno centro urbano, forma parte de un edificio de tres plantas de altura con ascensor, la baja destinada a uso terapéutico y las dos altas a uso residencial, ocupando esta vivienda la planta segunda y cubierta (azotea) del edificio.
Posee una superficie útil de vivienda de 100 m2 aproximadamente, además de un trastero de 8 m2 de superficie útil.

Se distribuye la vivienda en un generoso vestíbulo de entrada que a su vez hace las veces de distribuidor, desde este arranca la escalera privativa que comunica la vivienda con el espectacular solárium (terraza/azotea) que cubre la vivienda, salón-comedor con dos grandes balconeras de aluminio lacado en color madera con doble acristalamiento que dota a este espacio de abundante luz natural y ventilación, cocina amueblada a excepción de electrodomésticos, tres dormitorios, uno de ellos con armario empotrado y otro en suite, dos baños y dos patios.
En la cubierta (azotea) se ubica el trastero que está equipado con zona de lavadero.
La cubierta posee distintos espacios (zona con estructura reforzada para instalación de piscina, zona destinada a “chill out” con tomas de enchufe suficientes para iluminación y alimentación de pequeños electrodomésticos, etc.
Aire acondicionado mediante split (salón-comedor y dormitorio principal), producción de agua caliente sanitaria mediante energía solar térmica con apoyo de termo eléctrico, solería de mármol crema y cerámica en zonas húmedas, sanitarios y griferías de primera marca.

En cumplimiento del Decreto de la Junta de Andalucía 218/2005 del 11 de Octubre, se informa al cliente que los gastos notariales, registrales, ITP y otros gastos inherentes de la compra no están incluidos. El consumidor tiene derecho a que se le entregue una copia del correspondiente documento informativo abreviado del inmueble.

De manera orientativa los gastos suelen ser:

Minuta notarial: Es la factura del notario por sus honorarios, fijados por el Gobierno mediante arancel. Son los mismos para todos los notarios.
Minuta registral: Es la factura del registrador de la propiedad por inscribir la escritura; también los establece el Gobierno mediante arancel y son idénticos para todos los registros.
Minuta gestoría: Es la factura del gestor cuando realiza los trámites. También tiene derecho a hacerlo usted mismo o encargárselos a la notaría.
Impuesto Municipal sobre el incremento de Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como Plusvalía Municipal. Por ley lo paga el vendedor, que puede conocer su importe informándose en el ayuntamiento al que pertenezca la finca.
Otros impuestos: Por ley los paga el comprador.
IVA: Por una vivienda de nueva construcción tendrá que pagar el 10 por ciento de IVA sobre el precio de venta. Si se trata de otro tipo de inmueble, el IVA es del 21 por ciento.

AJD: Si se trata de una vivienda de nueva construcción deberá pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuyo tipo oscila según la comunidad autónoma entre el 1% y el 1,5%.

TPO: Si la vivienda es de segunda mano tendrá que pagar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales (TPO), cuyo tipo oscila según la comunidad autónoma entre el 6% y el 10%.

IRPF: Finalmente, el vendedor deberá tener en cuenta la ganancia patrimonial en su IRPF que puede ser hasta del 27%.

Y recuerde…

El comprador tiene derecho a elegir el notario que desee para que redacte y autorice la escritura pública.
El notario le asesorará de forma imparcial, velando siempre por la parte más débil, que suele ser el comprador.
No firme nada que no entienda o de lo que no esté plenamente convencido porque una vez firmada la escritura, no puede volverse atrás. Ante cualquier duda, pregunte siempre al notario.
(FUENTE: CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO)

CERTIFICADO ENERGÉTICO: En proceso de obtención

Piso con solárium. CENTRO

Superficie construida
170 m2
Dormitorios
3
Baños
2
Compartir:

Características

2ª planta con ascensor, Aire acondicionado con bomba de calor, Armarios empotrados, Ascensor, Cocina amueblada, Suelos de mármol, Trastero, Centro Urbano, Dos baños, Lavadero, Patio, Placas solares, Solería cerámica, Terraza

Zona

Centro

Contáctanos

(Si te interesa está propiedad, rellena el formulario de contacto y responderemos lo antes posible)

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REF: 1023
Venta
Vendida
Compartir:
3
2
Año de construcción: 2011
Metros construidos: 170 m2

Piso con solárium. CENTRO

Exclusivo piso en pleno centro de Puente Genil, con solárium con más de 100 m2 de superficie para ocio y disfrute de los habitantes de este precioso inmueble ¡haz una visita y compruébalo tú mism@!

Ubicado en pleno centro urbano, forma parte de un edificio de tres plantas de altura con ascensor, la baja destinada a uso terapéutico y las dos altas a uso residencial, ocupando esta vivienda la planta segunda y cubierta (azotea) del edificio.
Posee una superficie útil de vivienda de 100 m2 aproximadamente, además de un trastero de 8 m2 de superficie útil.

Se distribuye la vivienda en un generoso vestíbulo de entrada que a su vez hace las veces de distribuidor, desde este arranca la escalera privativa que comunica la vivienda con el espectacular solárium (terraza/azotea) que cubre la vivienda, salón-comedor con dos grandes balconeras de aluminio lacado en color madera con doble acristalamiento que dota a este espacio de abundante luz natural y ventilación, cocina amueblada a excepción de electrodomésticos, tres dormitorios, uno de ellos con armario empotrado y otro en suite, dos baños y dos patios.
En la cubierta (azotea) se ubica el trastero que está equipado con zona de lavadero.
La cubierta posee distintos espacios (zona con estructura reforzada para instalación de piscina, zona destinada a “chill out” con tomas de enchufe suficientes para iluminación y alimentación de pequeños electrodomésticos, etc.
Aire acondicionado mediante split (salón-comedor y dormitorio principal), producción de agua caliente sanitaria mediante energía solar térmica con apoyo de termo eléctrico, solería de mármol crema y cerámica en zonas húmedas, sanitarios y griferías de primera marca.

2ª planta con ascensor, Aire acondicionado con bomba de calor, Armarios empotrados, Ascensor, Cocina amueblada, Suelos de mármol, Trastero, Centro Urbano, Dos baños, Lavadero, Patio, Placas solares, Solería cerámica, Terraza

En cumplimiento del Decreto de la Junta de Andalucía 218/2005 del 11 de Octubre, se informa al cliente que los gastos notariales, registrales, ITP y otros gastos inherentes de la compra no están incluidos. El consumidor tiene derecho a que se le entregue una copia del correspondiente documento informativo abreviado del inmueble.

De manera orientativa los gastos suelen ser:

Minuta notarial: Es la factura del notario por sus honorarios, fijados por el Gobierno mediante arancel. Son los mismos para todos los notarios.
Minuta registral: Es la factura del registrador de la propiedad por inscribir la escritura; también los establece el Gobierno mediante arancel y son idénticos para todos los registros.
Minuta gestoría: Es la factura del gestor cuando realiza los trámites. También tiene derecho a hacerlo usted mismo o encargárselos a la notaría.
Impuesto Municipal sobre el incremento de Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como Plusvalía Municipal. Por ley lo paga el vendedor, que puede conocer su importe informándose en el ayuntamiento al que pertenezca la finca.
Otros impuestos: Por ley los paga el comprador.
IVA: Por una vivienda de nueva construcción tendrá que pagar el 10 por ciento de IVA sobre el precio de venta. Si se trata de otro tipo de inmueble, el IVA es del 21 por ciento.

AJD: Si se trata de una vivienda de nueva construcción deberá pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuyo tipo oscila según la comunidad autónoma entre el 1% y el 1,5%.

TPO: Si la vivienda es de segunda mano tendrá que pagar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales (TPO), cuyo tipo oscila según la comunidad autónoma entre el 6% y el 10%.

IRPF: Finalmente, el vendedor deberá tener en cuenta la ganancia patrimonial en su IRPF que puede ser hasta del 27%.

Y recuerde…

El comprador tiene derecho a elegir el notario que desee para que redacte y autorice la escritura pública.
El notario le asesorará de forma imparcial, velando siempre por la parte más débil, que suele ser el comprador.
No firme nada que no entienda o de lo que no esté plenamente convencido porque una vez firmada la escritura, no puede volverse atrás. Ante cualquier duda, pregunte siempre al notario.
(FUENTE: CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO)

CERTIFICADO ENERGÉTICO: En proceso de obtención

Zona

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(Si te interesa está propiedad, rellena el formulario de contacto y responderemos lo antes posible)

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