REF: 1064
Venta
Construido en 2006
- Vendida
Inicio / CENTRO / Piso exclusivo. ZONA CENTRO
Exclusiva vivienda en pleno centro de Puente Genil, en una zona en la que dispone de múltiples servicios como bancos, colegios, supermercados y varias alternativas de ocio. Este magnífico piso de lujo se ubica en un edificio sin barreras arquitectónicas, de reciente construcción, con ascensor y garaje en el mismo. Ocupa una superficie de 117 metros construidos y se distribuye en un amplio recibidor, un mágnifico y luminoso salón comedor, una estupenda cocina amueblada con muebles y electrodomésticos de gama alta, marca Forlady, con lavadero; tres dormitorios dobles con armarios empotrados y dos estupendos baños con placa de ducha. Balcones en las ventanas, con doble acristalamiento. Suelo de tarima flotante y climatización central. La vivienda ha sido remodelada usando materiales de calidad máxima. Así mismo, la vivienda dispone de trastero.

En cumplimiento del Decreto de la Junta de Andalucía 218/2005 del 11 de Octubre, se informa al cliente que los gastos notariales, registrales, ITP y otros gastos inherentes de la compra no están incluidos. El consumidor tiene derecho a que se le entregue una copia del correspondiente documento informativo abreviado del inmueble.

De manera orientativa los gastos suelen ser:

Minuta notarial: Es la factura del notario por sus honorarios, fijados por el Gobierno mediante arancel. Son los mismos para todos los notarios.
Minuta registral: Es la factura del registrador de la propiedad por inscribir la escritura; también los establece el Gobierno mediante arancel y son idénticos para todos los registros.
Minuta gestoría: Es la factura del gestor cuando realiza los trámites. También tiene derecho a hacerlo usted mismo o encargárselos a la notaría.
Impuesto Municipal sobre el incremento de Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como Plusvalía Municipal. Por ley lo paga el vendedor, que puede conocer su importe informándose en el ayuntamiento al que pertenezca la finca.
Otros impuestos: Por ley los paga el comprador.
IVA: Por una vivienda de nueva construcción tendrá que pagar el 10 por ciento de IVA sobre el precio de venta. Si se trata de otro tipo de inmueble, el IVA es del 21 por ciento.

AJD: Si se trata de una vivienda de nueva construcción deberá pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuyo tipo oscila según la comunidad autónoma entre el 1% y el 1,5%.

TPO: Si la vivienda es de segunda mano tendrá que pagar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales (TPO), cuyo tipo oscila según la comunidad autónoma entre el 6% y el 10%.

IRPF: Finalmente, el vendedor deberá tener en cuenta la ganancia patrimonial en su IRPF que puede ser hasta del 27%.

Y recuerde…

El comprador tiene derecho a elegir el notario que desee para que redacte y autorice la escritura pública.
El notario le asesorará de forma imparcial, velando siempre por la parte más débil, que suele ser el comprador.
No firme nada que no entienda o de lo que no esté plenamente convencido porque una vez firmada la escritura, no puede volverse atrás. Ante cualquier duda, pregunte siempre al notario.
(FUENTE: CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO)

CERTIFICADO ENERGÉTICO: En proceso de obtención

Piso exclusivo. ZONA CENTRO

Superficie construida
117 m2
Dormitorios
3
Baños
2
Garaje
1
Compartir:

Características

2ª planta con ascensor, Ascensor, Cocina amueblada, Parque Cercano, Trastero, Centro Urbano, Dos baños, Lavadero, Parking, Refrigeración Central, Tarima flotante

Zona

Centro

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(Si te interesa está propiedad, rellena el formulario de contacto y responderemos lo antes posible)

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REF: 1064
Venta
Vendida
Compartir:
3
2
1
Año de construcción: 2006
Metros construidos: 117 m2

Piso exclusivo. ZONA CENTRO

Exclusiva vivienda en pleno centro de Puente Genil, en una zona en la que dispone de múltiples servicios como bancos, colegios, supermercados y varias alternativas de ocio. Este magnífico piso de lujo se ubica en un edificio sin barreras arquitectónicas, de reciente construcción, con ascensor y garaje en el mismo. Ocupa una superficie de 117 metros construidos y se distribuye en un amplio recibidor, un mágnifico y luminoso salón comedor, una estupenda cocina amueblada con muebles y electrodomésticos de gama alta, marca Forlady, con lavadero; tres dormitorios dobles con armarios empotrados y dos estupendos baños con placa de ducha. Balcones en las ventanas, con doble acristalamiento. Suelo de tarima flotante y climatización central. La vivienda ha sido remodelada usando materiales de calidad máxima. Así mismo, la vivienda dispone de trastero.
2ª planta con ascensor, Ascensor, Cocina amueblada, Parque Cercano, Trastero, Centro Urbano, Dos baños, Lavadero, Parking, Refrigeración Central, Tarima flotante

En cumplimiento del Decreto de la Junta de Andalucía 218/2005 del 11 de Octubre, se informa al cliente que los gastos notariales, registrales, ITP y otros gastos inherentes de la compra no están incluidos. El consumidor tiene derecho a que se le entregue una copia del correspondiente documento informativo abreviado del inmueble.

De manera orientativa los gastos suelen ser:

Minuta notarial: Es la factura del notario por sus honorarios, fijados por el Gobierno mediante arancel. Son los mismos para todos los notarios.
Minuta registral: Es la factura del registrador de la propiedad por inscribir la escritura; también los establece el Gobierno mediante arancel y son idénticos para todos los registros.
Minuta gestoría: Es la factura del gestor cuando realiza los trámites. También tiene derecho a hacerlo usted mismo o encargárselos a la notaría.
Impuesto Municipal sobre el incremento de Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como Plusvalía Municipal. Por ley lo paga el vendedor, que puede conocer su importe informándose en el ayuntamiento al que pertenezca la finca.
Otros impuestos: Por ley los paga el comprador.
IVA: Por una vivienda de nueva construcción tendrá que pagar el 10 por ciento de IVA sobre el precio de venta. Si se trata de otro tipo de inmueble, el IVA es del 21 por ciento.

AJD: Si se trata de una vivienda de nueva construcción deberá pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuyo tipo oscila según la comunidad autónoma entre el 1% y el 1,5%.

TPO: Si la vivienda es de segunda mano tendrá que pagar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales (TPO), cuyo tipo oscila según la comunidad autónoma entre el 6% y el 10%.

IRPF: Finalmente, el vendedor deberá tener en cuenta la ganancia patrimonial en su IRPF que puede ser hasta del 27%.

Y recuerde…

El comprador tiene derecho a elegir el notario que desee para que redacte y autorice la escritura pública.
El notario le asesorará de forma imparcial, velando siempre por la parte más débil, que suele ser el comprador.
No firme nada que no entienda o de lo que no esté plenamente convencido porque una vez firmada la escritura, no puede volverse atrás. Ante cualquier duda, pregunte siempre al notario.
(FUENTE: CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO)

CERTIFICADO ENERGÉTICO: En proceso de obtención

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